Mitos VeriFactu para psicólogos: qué es verdad en 2027
Desmontamos los mitos de VeriFactu para autónomos. Fechas reales (1 julio 2027), qué te obliga y qué no, sin humo ni urgencias falsas.

VeriFactu se ha convertido en una de esas palabras que dan miedo sin que casi nadie sepa exactamente por qué. Circulan fechas que ya no son ciertas, urgencias inventadas y vendedores que aprietan con "tienes que comprar ya". Para una consulta de psicología, ese ruido se traduce en decisiones precipitadas o, al contrario, en ignorar el tema por agotamiento.
Vamos a bajar el volumen. Aquí no hay humo: solo lo que dice la normativa, las fechas reales tras el último aplazamiento y los mitos más repetidos, uno a uno, con su realidad al lado.
VeriFactu no es una urgencia de 2026 ni una trampa. Es un cambio con fecha conocida —1 de julio de 2027 para autónomos— que se gestiona con calma si tu software hace los deberes.
Qué es VeriFactu en una frase
VeriFactu forma parte del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), cuyo objetivo es garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. En cristiano: que el programa con el que facturas no permita borrar ni manipular facturas sin dejar rastro.
No regula cuántas facturas haces ni a quién. Regula cómo se comporta el software que las genera. Si quieres el detalle ampliado, lo cubrimos en nuestra guía general de VeriFactu para psicólogos. Este artículo es el complemento: el que separa la verdad del miedo.
El calendario real (y por qué cambió tantas veces)
Parte del lío viene de aquí: las fechas se han movido tres veces. Por eso medio sector sigue citando plazos caducados. Este es el calendario vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, que aplazó todo un año.
| Quién | Fecha límite | Estado |
|---|---|---|
| Productores y comercializadores de software | 29 de julio de 2026 | Plazo para tener sus sistemas adaptados |
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | Sistemas operativos desde esa fecha |
| Resto de obligados, incluidos autónomos (IRPF) | 1 de julio de 2027 | Sistemas operativos desde esa fecha |
Y la historia de los aplazamientos, para que entiendas por qué hay tanta fecha vieja dando vueltas:
- La previsión inicial era julio de 2025.
- El Real Decreto 254/2025 (BOE 2 de abril de 2025) lo movió a 2026.
- El Real Decreto-ley 15/2025 (BOE 3 de diciembre de 2025) lo movió a 2027.
Si alguien te dice que ya tendrías que estar cumpliendo, te está hablando de un calendario que ya no existe.
Los mitos, uno a uno
Mito 1: "VeriFactu ya es obligatorio / era para 2025"
Realidad: no. Para los autónomos arranca el 1 de julio de 2027. La fecha de 2025 fue una previsión inicial que se aplazó dos veces. En junio de 2026, cuando publicamos esto, no hay ninguna obligación de uso para autónomos. Tienes margen, y conviene usarlo bien, no entrar en pánico.
Mito 2: "Soy autónomo pequeño, no me afecta"
Realidad: te afecta si usas software para facturar. El reglamento no mira tu volumen, mira tu herramienta. Da igual que emitas diez facturas al mes: si las haces con un programa, ese programa debe estar adaptado desde el 1 de julio de 2027. La psicología en consulta privada es casi siempre actividad en IRPF, así que entras en ese grupo. Te puede interesar repasar cómo facturar sesiones de psicología en España para situar tu caso.
Mito 3: "VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria"
Realidad: son cosas distintas, con normativas y calendarios distintos.
- VeriFactu → Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RD 1007/2023). Va de integridad y trazabilidad del software.
- Factura electrónica B2B obligatoria → Ley Crea y Crece. Va de que las facturas entre empresas sean electrónicas, con su propio calendario aún pendiente de desarrollo.
Mezclarlas es la fuente número uno de plazos equivocados. No son lo mismo y no caducan a la vez.
Mito 4: "Puedo seguir facturando en Word o Excel para siempre"
Realidad: el reglamento regula los sistemas informáticos de facturación. Quien factura con software debe usar uno adaptado. Seamos honestos con el matiz: una hoja de cálculo manual sin homologar no es una vía de escape válida si tu operativa real es facturar con un programa. Y casi toda consulta acaba usando software para llevar agenda, pacientes y facturas juntas. La pregunta útil no es "¿puedo evitarlo?", sino "¿mi programa cumple?". Si aún no tienes formato definido, mira nuestro modelo de factura para psicólogos autónomos.
Mito 5: "VeriFactu es opcional"
Realidad: cumplir el reglamento no es opcional para los obligados. Lo que eliges es la modalidad:
- Sistema VERI*FACTU: remite automáticamente los registros de facturación a la Agencia Tributaria. Más simple de mantener.
- Sistema NO VERI*FACTU: no envía en tiempo real, pero exige requisitos más estrictos —firma electrónica, registro de eventos, conservación—.
Una de las dos, sí. "Ninguna" no es una opción legal.
Mito 6: "Ya me encargo en el último momento" (o "hay que comprar algo caro ya")
Realidad: las dos versiones de este mito fallan. No hay que comprar nada caro corriendo en 2026, pero tampoco conviene dejarlo para el 30 de junio de 2027. Lo sensato: que tu proveedor de software tenga un plan de adaptación claro y te diga en qué fase está. Lo barato es prepararse con tiempo, no improvisar. La normativa, además, contempla sanciones que pueden alcanzar cantidades elevadas —hasta 50.000 € por ejercicio para quien posea o use sistemas que no cumplan—, así que el descuido sí tiene coste. Confírmalo con tu asesor.
Mito 7: "Mi gestor se encarga de todo"
Realidad: tu gestor presenta impuestos y te asesora, pero no factura por ti. El software de facturación lo eliges y lo usas tú, en tu consulta, sesión a sesión. Tu gestor no va a estar emitiendo cada factura. Por eso la decisión de qué programa usar —y si cumple VeriFactu— es tuya. Para entender el reparto de responsabilidades, ayuda tener claros tus impuestos como psicólogo autónomo.
Qué debería hacer hoy una consulta
Nada de urgencias, pero sí pasos concretos. Esto es lo razonable a mediados de 2026:
- Apunta la fecha que te aplica: si eres autónomo en IRPF, 1 de julio de 2027. Si tu actividad va por sociedad, 1 de enero de 2027.
- Pregunta a tu proveedor de software por su plan de adaptación: en qué fase está y si llegará al 29 de julio de 2026, su plazo como fabricante.
- No mezcles VeriFactu con la factura electrónica B2B. Son trámites distintos.
- Revisa tu flujo actual de facturas, abonos y rectificaciones. Cuanto más ordenado esté hoy, más fácil será la transición.
- Decide la modalidad (VERI*FACTU o NO VERI*FACTU) con tu asesor cuando llegue el momento.
- Si vas a cambiar de IVA o de régimen, revisa antes el IVA del psicólogo autónomo en 2026 para no acumular cambios a la vez.
El error caro no es prepararse pronto. Es creerse una fecha vieja, comprar con prisa o descubrir en junio de 2027 que tu software nunca tuvo plan de adaptación.
Un descargo necesario
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal. La normativa puede matizarse en su desarrollo y cada consulta tiene su situación. Confirma siempre con tu asesor qué fecha, modalidad y obligaciones te aplican antes de tomar decisiones.
Conclusión
VeriFactu no es ni la catástrofe inminente que pintan algunos vendedores ni algo que puedas ignorar. Es un cambio con fecha clara —1 de julio de 2027 para autónomos— que regula el software con el que facturas. Los mitos se desmontan con datos: ni es de 2025, ni es opcional, ni es lo mismo que la factura electrónica obligatoria, ni se ocupa tu gestor por ti.
Lo que de verdad importa es que el programa que uses tenga un plan de adaptación sólido y te quite el problema de encima. En Onera diseñamos la facturación para psicólogos para que la normativa sea cosa nuestra y no tuya, con un enfoque claro sobre VeriFactu. Si quieres facturar con tranquilidad y dejar de perseguir fechas que cambian, prueba Onera.
Preguntas frecuentes
¿VeriFactu ya es obligatorio para autónomos en 2026?
No. Tras el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, los autónomos (personas físicas en IRPF) deben tener su software de facturación operativo desde el 1 de julio de 2027. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, desde el 1 de enero de 2027. En 2026 no hay obligación para usuarios finales; lo que vence antes (29 de julio de 2026) es el plazo para que los fabricantes de software adapten sus sistemas.
Soy psicólogo autónomo con pocas facturas, ¿VeriFactu me afecta?
Sí, si usas software para facturar. El reglamento regula los sistemas informáticos de facturación, no el volumen de facturas. No importa que emitas diez sesiones al mes o doscientas: si las facturas con un programa, debe ser un sistema adaptado a partir del 1 de julio de 2027. Tu facturación pequeña no te exime.
¿VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No. Son dos normativas distintas con calendarios distintos. VeriFactu nace del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) y busca integridad y trazabilidad de los registros. La factura electrónica B2B obligatoria proviene de la Ley Crea y Crece y tiene su propio calendario, aún pendiente de desarrollo. Confundirlas genera miedo y plazos equivocados.
¿Puedo seguir facturando en Word o Excel para siempre?
El reglamento regula los sistemas informáticos de facturación: quien factura con software debe usar uno adaptado. Una hoja de cálculo manual sin homologar no es una salida válida si tu operativa es facturar con software. La realidad práctica es que casi cualquier consulta acaba usando un programa, así que conviene que ese programa cumpla.
¿VeriFactu es opcional?
Cumplir el reglamento no es opcional para los obligados. Lo que puedes elegir es la modalidad: el sistema VERIFACTU, que remite los registros a la Agencia Tributaria de forma automática, o el sistema NO VERIFACTU, que no envía en tiempo real pero exige requisitos más estrictos como firma electrónica, registro de eventos y conservación. Una de las dos, sí o sí.
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